Archivo para Octubre, 2007
Circular 151. Octubre 2007. Certificación Energética
VER. circular 151
RD 47/2007 Procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética de edificios de nueva construcción:
_Entrada en vigor
_Documentos
_Ámbito de aplicación
_Proyectos en proceso
_Documentación de proyecto
Circular 150. Octubre 2007. Novedades en el CTE
VER. circular 150
RD 1371/2007:
_Aprueba el DB-HR de Protección contra el ruido
_ Modifica el RD 314/2006 que aprobaba el CTE
RD 1367/2007:
_Aprueba el Reglamento de la Ley del Ruido
MODIFICACIÓN DEL CTE
El Ministerio de Vivienda en el BOE nº 254 de 23/10/2007 acaba de publicar, junto con el DB-HR de Protección frente al Ruido, la Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Se trata de la Disposición Final 2ª del Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Documento B�sico DB-HR Protección Frente al Ruido del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Descargar documento: Real Decreto_1371_2007
DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO
El viernes 19 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el Documento Básico de Protección contra el Ruido, así como el Reglamento de la Ley del Ruido.
El DB era el último de los Documentos del Código Técnico de la Edificación que faltaba por aprobar, y viene a llenar un importante hueco en la materia. Además, en la Disposición Final 2 incluye modificaciones a los demás documentos del CTE.
Más información en: Referencia del Consejo de Ministros
Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Documento Básico “DB-HR Protección Frente al Ruido” del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Descargar documento: Real Decreto_1371_2007
Real Decreto 1367/2007 de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003 de Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Descargar documento: Real Decreto_1367_2007
DIMENSIONES MÍNIMAS DE PATIOS
Según el Real Decreto 1371/2007, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, las dimensiones mínimas de los patios quedan como sigue, según el apartado 3.2.1, punto 1, del Documento Básico de Calidad del Aire Interior HS-3:
Las aberturas de admisión que comunican el local directamente con el exterior, las mixtas y las bocas de toma deben estar en contacto con un espacio exterior suficientemente grande para permitir que en su planta pueda situarse un círculo cuyo diámetro sea igual a un tercio de la altura del cerramiento más bajo de los que lo delimitan y no menor que 3 m, de tal modo que ningún punto de dicho cerramiento resulte interior al círculo y que cuando las aberturas están situadas en un retranqueo, el ancho de éste cumpla las siguientes condiciones:
a) sea igual o mayor que 3 m cuando la profundidad del retranqueo esté comprendida entre 1,5 y 3 m;
b) sea igual o mayor que la profundidad cuando ésta sea mayor o igual que 3 m.
Cubierta ligera sin forjados
En el Real Decreto 1371/2007, en el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aparece un nuevo tipo de cubierta accesible unicamente para conservación, se trata de la cubierta ligera sobre correas (sin forjado) en la que la sobrecarga de uso es de 0,40 kN/m, no concomitante con el resto de acciones variables, y la carga concentrada de 1 kN. Se entiende por cubierta ligera aquella cuya carga permanente debida sólo a su cerramiento no excede de 1 kN/m.
Certificación energética de los edificios I
Real Decreto 47/2007, de 19 de Enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación energética de edificios de nueva construcción.
Descargar documento: rd-47-2007.pdf
Entrada en vigor: a los tres meses de su publicación en el B.O.E. (publicación el 31 de Enero de 2007)
Edificios y proyectos a los que no se aplicará el R.D. :
_ A los edificios en construcción a la entrada en vigor de este Real Decreto y a los proyectos que tengan solicitada la licencia en el momento de la entrada en vigor de este Real Decreto.
_ A los proyectos supervisados y aprobados por las Administraciones públicas competentes o visados por los colegios profesionales antes de la fecha de la entrada en vigor de este RD, siempre que la licencia legalmente exigible se solicite en el plazo de un año a partir de la referida de entrada en vigor.
Periodo transitorio: La aplicación del Procedimiento Básico será de carácter voluntario durante un periodo de seis meses a contar desde su fecha de entrada en vigor. A partir de esa fecha será de aplicación obligatoria.
Ámbito de aplicación: Edificios a los que sé se aplicará el RD
_ Edificios de nueva construcción.
_ Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, con una superficie útil superior a 1.000 m2 donde se renueve más del 25% total de sus cerramientos.
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Aprobación |
Entrada en vigor |
Aplicación obligatoria |
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31/01/2007 |
A partir de 30/04/2007 |
A partir del 31/10/2007 |
Certificación energética de los edificios II
En el RD 47/2007 se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética.
El Anexo 1 contiene las especificaciones técnicas de la metodología de cálculo, pero todo esto es un paso previo al desarrollo de la opción simplificada.
El desarrollo de la OPCIÓN SIMPLIFICADA se publicó con posterioridad como Documento Reconocido:
Descargar documento: opcionsimplificadacalificacion.pdf
Enlace oficial: http://www.mityc.es/Desarrollo/Seccion/EficienciaEnergetica
Certificación energética de los Edificios III
El Ministerio de la Presidencia publica en el BOE nº 276, de 17 de noviembre de 2007, la CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.
Descargar documento: correccion_errores.pdf